Preguntas frecuentes

En esta sección se abordan las preocupaciones y preguntas a las que frecuentemente se enfrentan las personas y sus familias cuando han sido repatriadas o están en dicho proceso. Identifica tu caso y conoce las opciones que tienes para solucionarlo.

Conoce las preguntas frecuentes relacionadas al tema de tu interés

La visa U para víctimas de violencia permite permanecer legalmente en Estados Unidos y obtener un permiso de trabajo.

Para obtenerla, se requiere haber sido víctima de un delito cometido en los Estados Unidos o que viole las leyes de ese país, entre ellos: violencia doméstica, violencia sexual, fraude en contrato laboral, extorsión, secuestro, etc. Además, el delito debe traducirse en una afectación física o psicológica grave en la víctima.

Uno de los elementos más importantes para obtener esta visa además de lo señalado es aportar información relevante sobre el delito y colaborarcon las autoridades en la investigación criminal.

Documento de 27 de febrero de 2017 / Oficialía Mayor / Dirección General de Delegaciones

Las deudas persisten, por lo que el deudor deberá notificar su nuevo domicilio y de ser el caso, enviar el pago al prestamista.

Documento de 27 de febrero de 2017/Oficialía Mayor/Dirección General de Delegaciones

Los arrendatarios están obligados a permitir el acceso ya sea del afectado o de persona de su confianza para el retiro de los bienes.

Documento de 27 de febrero de 2017/Oficialía Mayor/Dirección General de Delegaciones

Si durante un proceso de detención por parte de alguna autoridad estadounidense tus pertenencias fueron decomisadas y no han pasado más de 30 días a partir de la fecha del decomiso, el Consulado y/o la delegación regional, pueden auxiliarte en el proceso de recuperación de los bienes y en el envío de éstos a la persona que designes ya sea en México o en Estados Unidos.

Es muy importante que tú o algún familiar proporcione el número de recibo de reclamo que ampara el decomiso de tus pertenencias, el cual es entregado por la autoridad en el momento del decomiso. Los requisitos mínimos necesarios para iniciar el trámite de recuperación de pertenencias son:

  1. Carta escrita y firmada por la persona interesada autorizando que el Consulado reciba sus pertenencias de la autoridad migratoria. El escrito debe incluir: nombre, domicilio y 2 números telefónicos de la persona solicitante y/o de la persona que autorice para recibirlas una vez que sean enviadas a una Delegación de la SRE foránea.
  2. Copia de la identificación de la persona interesada.
  3. Copia del recibo que la autoridad migratoria estadounidense entregó a la persona connacional al momento de retener sus pertenencias. Este documento es de suma importancia toda vez que incluye el número de la bolsa de resguardo en el que se depositaron las pertenencias.

En caso de requerir asistencia, podrás dirigirte con personal de la Secretaría de Relaciones Exteriores en:

CDMX o área metropolitana: Dirección General de Protección a Mexicanos en el Exterior Secretaría de Relaciones Exteriores Plaza Juárez 20, Planta Baja, Col. Centro, Del. Cuauhtémoc, México, Distrito Federal. C.P. 06010 Correo electrónico: dgpmexterior@sre.gob.mx

Interior de la República Mexicana: Delegación foránea de la SRE (ver directorio en el siguiente vínculo) https://migrante.juridicas.unam.mx/es/directorio/delegaciones y consulta el directorio de Oficinas Consulares de México en Estados Unidos en la siguiente liga: https://migrante.juridicas.unam.mx/es/directorio/oficinas-consulares

Documento de 27 de febrero de 2017 / Oficialía Mayor / Dirección General de Delegaciones y Guía Somos Mexicanos

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